Se establece que los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias señaladas en el anexo II de la Orden EHA / 1658/2009, de 12 de junio, los plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago que sean hasta el 15 de enero de 2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15.00 horas del día 18 de enero de 2021:
Siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca «Filomena»
Dentro del ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado.
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, el plazo de ingreso de las autoliquidaciones no experimenta modificación, por lo que el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuera inhábil, se deberá efectuar el deuda del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario.