Published On: julio 16th, 2021Categories: Laboral0 Comments

Contratación de trabajadores fijos discontinuos para trabajos de temporada

¿En qué consiste el contrato fijo – discontinuo? Te permite contratar trabajadores durante una temporada en cada año natural para la realización de trabajos que no se repitan en fechas ciertas, y dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
En caso de que los trabajos se repitan en fechas ciertas, deberás recurrir al contrato indefinido a tiempo parcial.

Te contamos todos los detalles del contrato fijo – discontinuo, en qué situaciones aplica y algunos ejemplos.

 

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Particularidades del contrato indefinido fijo discontinuo

Atendiendo a si los trabajos discontinuos se repiten en fechas ciertas o no, la normativa laboral establece:

  • Trabajos discontinuos que no se repiten en fechas ciertas. El contrato se regula según lo establecido en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas. El contrato se regula según lo establecido para el contrato a tiempo parcial celebrado por tiempo indefinido.

Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos, pudiendo el trabajador en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.

Los convenios colectivos podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la utilización en los contratos de fijos – discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos – discontinuos.

 

 

Ejemplos de contratos fijos – discontinuos

  • Los servicios que se desarrollan con la temporada escolar (monitores, cuidadores del comedor, etc.) Quien está contratado por una empresa que presta estas actividades, por ejemplo un conductor de autobús escolar, sabe que su trabajo es estable, pero intermitente en el tiempo, ya que solo se realiza mientras los alumnos están en el curso escolar.
  • Trabajos de recogida de la fruta de temporada.
  • Empleos de verano relacionados con el turismo y la hostelería (como un socorrista o personal para un hotel).

Los trabajadores con un contrato fijo discontinuo no tienen un contrato temporal, sino indefinido. Es decir, forman parte de la plantilla fija de la empresa, solo que no trabajan todo el año, pero conservan su derecho a ser llamados al año siguiente.

En el contrato se indicará la duración estimada de la actividad y los criterios del convenio colectivo aplicable para realizar la llamada, es decir, el orden con que se llamará a los empleados cada temporada para su contratación.
Los trabajadores fijos discontinuos podrán tener jornada completa o parcial, pero siempre su relación laboral es indefinida.

 

¿Qué aparece en un contrato fijo – discontinuo?

Si los contratos laborales suelen establecer el tipo de jornada (completa o parcial) y su distribución horaria (semana, días u horas), los contratos fijos discontinuos indican la duración estimada (aunque incierta) de la actividad que motiva este tipo de contratos, reflejando de manera orientativa la jornada laboral que se realizará y su distribución.

En un contrato fijo discontinuo, únicamente podrán realizar horas complementarias los trabajadores que tengan una jornada parcial.

 

 

Temporalidad del contrato fijo – discontinuo

El contrato fijo – discontinuo permite contratar trabajadores durante una temporada en cada año natural para la realización de trabajos que no se repitan en fechas ciertas, y dentro del volumen normal de actividad de la empresa. En caso de que los trabajadores se repitan en fechas ciertas, deberán acudir al contrato indefinido a tiempo parcial:

  • Es fijo discontinuo el contrato de un trabajador para el envasado de botellas de butano, que se repite cada año pero en fechas dispares.
  • Por el contrario, es indefinido a tiempo parcial el contrato de los conductores de autobús contratados para el transporte escolar de septiembre a junio.

 

 

Obligación de avisar al trabajador

Así, con el contrato fijo – discontinuo deberá llamar a los trabajadores antes del inicio de un periodo de actividad, manteniéndolos durante la campaña en situación de alta en la Seguridad Social. Finalizado este periodo de actividad, los afectados pasarán a percibir la prestación por desempleo, y así sucesivamente.

 

 

Convenio de trabajadores

Un contrato de este tipo únicamente se puede suscribir a tiempo parcial cuando así se establezca en el convenio colectivo que resulte de aplicación. Cuando así sea, se deberán cumplir también las otras exigencias del convenio colectivo.

La formalización de un contrato fijo – discontinuo a tiempo parcial cuando no lo permita el convenio colectivo determinará su conversión en contrato por tiempo indefinido. En caso de que el convenio sí lo permita pero no se cumplan los requisitos formales establecidos, el contrato se convertirá en contrato a jornada completa.

 

Conversión del contrato

Es posible que tu empresa haya firmado un contrato fijo – discontinuo a jornada completa con un trabajador pero que, después de haberlo llamado durante varias temporadas, en la próxima solo sea necesario que trabaje a tiempo parcial:

  • No es posible que lleves a cabo este cambio ni siquiera a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Este cambio es una »novación contractual» que deberá contar necesariamente con el consentimiento del trabajador (y siempre que el convenio prevea la posibilidad de firmar este tipo de contratos a tiempo parcial, como hemos indicado anteriormente). Este consentimiento deberá ser acreditado con un documento firmado por ambas partes, para evitar problemas futuros.

 

 

Incumplimiento del contrato

Si procede a la llamada pero asigna al afectado un número de horas inferior a la jornada completa que siempre había desarrollado sin su consentimiento expreso, el contrato no se entenderá válidamente modificado por faltar el consentimiento de uno de los contratantes.

Se considerará que la nueva llamada es a jornada completa, por lo que el trabajador podrá exigirle diferencias salariales y la Inspección Laboral las cuotas correspondientes a estas diferencias, además de una sanción mínima de 626 euros.

 

 

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