Published On: noviembre 22nd, 2020Categories: Fiscal0 Comments

Le informamos que el Govern de la Generalitat ha aprobado un Plan de apertura progresiva de algunas actividades en toda Cataluña afectadas por la COVID-19.  El plan de apertura será gradual y está dividido en 4 tramos de 15 días si la evolución de la pandemia lo permite, y comienza el día 23 de noviembre de 2020.

Dentro del alerta 5  donde nos situamos actualmente, encontramos 4 tramos y se irá realizando el Plan de apertura progresivo de las medidas en función de estos dos indicadores fundamentales:

  • La Rt (tasa de contagios).
  • Los nuevos ingresos en planta de hospitalización convencional.

Según la situación, nos encontraremos ante tres escenarios posibles:

Se plantea desescalamiento

  • Rt <0,9
  • Disminución de los nuevos ingresos semanales

Se plantea prorrogar las medidas vigentes

  • Rt entre 1 y 0,9
  • Estabilización de los nuevos ingresos semanales

Se plantea revisar las medidas tomadas

  • Rt> 1
  • Incremento de los nuevos ingresos semanales

Ver: Apertura progresiva de actividades

MEDIDAS DEL TRAMO 1

La apertura progresiva comienza el 23 de noviembre y prevé lo siguiente:

MOVILIDAD

  • Territorio de Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado.
  • Municipios: restringida la entrada y salida desde las 06:00 h del viernes hasta las 06:00 h del lunes.

ACTIVIDADES SOCIALES

  • 6 personas máximo, correspondientes a 1 burbuja de convivencia habitual.

ACTIVIDADES CULTURALES

  • Abiertos: museos, bibliotecas y salas de exposición al 50% del aforo.
  • Abiertos: cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas.

ACTIVIDADES RECREATIVAS

  • Abiertos: parques infantiles (se puede hacer uso hasta las 20:00 h).
  • Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.

HOSTELERÍA, RESTAURACIÓN Y HOTELES

  • Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre tablas o agrupaciones de tablas. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de tablas diferentes, salvo que se trate de grupos burbuja. De 06:00h a 18:00h y, de 18:00h a 21:30 h, exclusivamente para servir cenas.
  • Interiores: abiertos con el 30% del aforo con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de  mesas o agrupaciones de tablas. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 06:00 h a 18:00h y, de 18:00h a 21:30h, exclusivamente para servir cenas.

UNIVERSIDADES Y ESCUELAS

  • Universidades: la docencia teórica en formato virtual.
  • Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados : reducción actividad presencial.
  • ESO, primaria e infantil: presencialidad llena.
  • abiertas :
  • Actividades organizadas por los centros educativos.
  • Actividades deportivas no competitivas organizadas en el ámbito escolar.
  • Actividades extraescolares presenciales fuera de los centros educativos, hasta un máximo de 6 alumnos por aula.
  • Actividades del ámbito del ocio educativo al aire libre y, aquellas que se hagan en espacios interiores, en grupos de máximo 6 personas.

CONFINAMIENTO NOCTURNO

  • No se puede circular por la calle de las 22:00 a las 06:00 horas , salvo causas justificadas.

DEPORTES

  • Abiertas: instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre, con un aforo máximo del 50% y control de acceso. Instalaciones y equipamientos deportivos en espacios cerrados, con un aforo máximo del 30%, con cita previa y sin vestuarios (excepto piscinas). Incluye práctica deportiva federada.
  • Se mantienen suspendidas las competiciones
  • Actividades deportivas al aire libre con máximo 6 personas con excepción de la práctica deportiva federada: permitidas y, de viernes a las 06:00 ha lunes a las 06:00 h, permitidos entre municipios limítrofes.

COMERCIOS Y CENTROS COMERCIALES

  • 30% del aforo en pequeño comercio de menos de 800 m² y mercados no sedentarios. En los más de 800 m², aplicación del aforo sobre el total de la superficie de venta.
  • Cerrados: centros comerciales, excepto sus tiendas de primera necesidad como farmacias, ortopedias, ópticas, centros veterinarios, de alimentación, equipamientos culturales y deportivos que se encuentren dentro y los locales comerciales que tengan acceso directo desde la vía pública.
  • Abiertos: establecimientos que prestan servicios que implican contacto físico cercano (incluidas peluquerías y centros de estética), con sistema de cita previa individual y refuerzo de medidas de prevención de contagios.

ACTOS RELIGIOSOS Y CEREMONIAS CIVILES

  • 30% del aforo justificado.

EMPRESAS

  • Teletrabajo excepto cuando no sea posible de manera justificada.
  • Suspendidos: congresos, convenciones, ferias y toda actividad asimilable.

¿Cómo se revisará el proceso de apertura?

El plan se irá revisando con el máximo rigor de acuerdo con la evolución de la tasa de contagios (Rt) y los nuevos ingresos hospitalarios.

  • Si la tasa es inferior a 0,9 y los ingresos disminuyen, se continuará con el proceso.
  • Si la tasa se encuentra entre 1 y 0,9 y los ingresos se estabilizan, se prorrogarán las medidas.
  • Si la tasa es superior a 1 y los ingresos se incrementan, se revisarán las medidas tomadas.