Published On: julio 12th, 2020Categories: Sin categorizar0 Comments

El uso de la mascarilla es obligatorio desde el pasado jueves en toda Cataluña, aunque se pueda mantener la distancia de seguridad. El objetivo que persigue la Generalitat con esta medida es combatir la «relajación» de la población tras los rebrotes sufridos en los últimos días.

Hasta ahora, la mascarilla sólo era obligatoria en espacios al aire libre cuando no se podía respetar la distancia de seguridad. A partir de ahora, en cambio, el gobierno considera que la mascarilla es una medida de protección a aplicar por norma general.

¿Cuál es la multa?

La Generalitat establece que la multa será de 100 euros a las personas de más de seis años que salgan de casa sin mascarilla, inclusivo cuando estas puedan mantener la distancia de seguridad.

¿Qué excepciones hay?

De todos modos, siguen vigentes las excepciones que eximen de su uso cuando sea incompatible:

Niños menores de seis años

Se mantiene la excepción de uso de mascarilla en los niños menores de seis años, que ya estaba vigente durante el estado de alarma. Sin embargo, Protección Civil recomienda que también lleven los niños y niñas de tres a seis años.

Espacios compartidos con convivientes

Mientras se comparta un espacio con las personas con las que se convive de manera habitual, no será obligatorio el uso de mascarilla. Es una medida que ya se ha aplicado en el confinamiento del Segrià.

En vehículos

No es obligatorio llevar la mascarilla dentro de un vehículo privado, como el coche o la motocicleta, si todas las personas ocupantes son convivientes. Sí que habrá que llevar este elemento de protección si viajamos con una persona que no forme parte del llamado grupo estable de convivencia. También habrá que llevarlo si nos desplazamos en patinete eléctrico.

En el trabajo

El uso de la mascarilla será obligatorio siempre, excepto si trabajamos en un despacho propio de uso individual y con la puerta cerrada.

Deporte y salir a correr 

Si se está haciendo una práctica deportiva, no será necesario el uso de mascarilla, aunque se recomienda mantener todas las precauciones y recomendaciones sanitarias. Lo que será obligatorio es salir de casa con la mascarilla en cualquier caso.

Para comer o beber

Las personas que estén consumiendo bebidas o alimentos en un establecimiento de restauración tampoco deberán hacer uso de la mascarilla.

Motivos de salud

Las personas a las que les resulte perjudicial por motivos de salud, no deberán llevar mascarilla. Por ejemplo, personas con afectaciones que comporten dificultad respiratoria o también con discapacidad o dependencia.

En “casals” de verano

Los niños que participen en actividades de verano no deberán llevar mascarilla mientras participen en las actividades habituales con su grupo de convivencia estable. A la entrada y salida, sí la deberán llevar puesta.

 

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