Published On: abril 21st, 2022Categories: Fiscal, Jurídic0 Comments

¿Quiénes pueden administrar una sociedad? Te lo contamos

En Centre Gestor te ofrecemos servicios de gestoría fiscal y asesoramiento financiero, contable y laboral en Barcelona y por eso hoy respondemos aspectos importantes relacionados con el nombramiento del administrador de una sociedad. ¿Puede un extranjero ser el administrador de una sociedad española? y si es así, ¿cuándo debe darse de alta en la Seguridad Social?

 

Una de las cuestiones que generan más dudas en las personas y/o empresas extranjeras que se plantean desarrollar un negocio a través de una sociedad en España, es la de los requisitos legales para la designación y nombramiento del órgano de administración, y en concreto, la posibilidad de nombrar un administrador social extranjero.
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Requisitos para un administrador extranjero de una sociedad

Según el artículo 212 de la Ley de Sociedades de Capital, los administradores de una sociedad de capital pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas, sin especificar ningún otro requisito en relación a su nacionalidad.

 

El artículo 212 bis añade que, cuando se trate del nombramiento de administrador persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural que desarrolle las funciones inherentes al cargo de forma permanente. La revocación de dicha persona no tendrá efectos hasta la designación de un nuevo representante, acto que deberá ser inscrito en el Registro Mercantil.

 

A pesar de ello, la Dirección General de los Registros y del Notariado, estableció la obligación de cualquier administrador extranjero de una sociedad española de disponer de NIE para acceder legalmente al cargo.

 

Esta obligatoriedad se argumenta en los siguientes puntos:
  • Los administradores de una sociedad son responsables subsidiarios de las obligaciones tributarias de la misma
  • Son responsables también de los actos antijurídicos del órgano de administración
  • Las personas físicas extranjeras dispondrán de un número de identificación fiscal para sus relaciones de naturaleza o transcendencia tributaria
Por estos motivos, cualquier persona extranjera que acepte un cargo en una sociedad de capital, deberá disponer también de NIE.

 

Administrador extranjero sociedad española - Centre Gestor

 

¿Me tengo que dar de alta como autónomo si soy administrador extranjero?

En los casos siguientes deberás darte de alta como autónomo:
  • Si tu cargo es remunerado
  • Si el cargo no es remunerado, siempre que seas socio y poseas el control efectivo de la sociedad (al menos la mitad del capital)
  • Cuando el administrador no remunerado sea un socio con una participación igual o superior a una tercera parte de capital social
  • Cuando el administrador no remunerado ejerza funciones de dirección y tenga un porcentaje al menos del 25% de participaciones en la sociedad
Sin embargo, si el administrador extranjero no reside en España, no está obligado a incorporarse al sistema de la Seguridad Social.

 

En el caso de que el administrador extranjero no se diera de alta en el RETA estando obligado a ello, la sociedad no sufriría las consecuencias de las posibles infracciones en materia de Seguridad Social en las que pueda incurrir su administrador. Tampoco los demás socios pasan a ser responsables particulares del administrador.

 

¿Cuándo el administrador de una sociedad es otra sociedad?

Siempre que sea nombrada como tal. No hay ninguna limitación legal para que una sociedad sea nombrada como administradora de otra sociedad. Aún así, la sociedad no podrá materialmente desarrollar las tareas propias de la administración, y la Ley de Sociedades de Capital determina que la sociedad tendrá que designar una persona física para el desarrollo de estas tareas.

 

¿Cómo constituir una sociedad limitada con un socio extranjero?

Lo único que requiere el socio extranjero es tener un NIE. Para constituir una sociedad limitada, la nacionalidad no supone ningún impedimento. El NIE (en caso de que no lo tenga todavía) se tramita en cualquier comisaría de la Policía Nacional. ¿Qué ocurre si no reside en el extranjero? En tal caso, el socio deber acudir al consulado español para tramitar el NIE.

 

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