Published On: octubre 6th, 2022Categories: Laboral0 Comments

¿Qué es la Sociedad Limitada de Nueva Empresa?

Los trámites burocráticos para crear una sociedad en España habitualmente retrasan la apertura del negocio más de lo esperado. En cambio, existe la posibilidad de crear una empresa acortando los tiempos habituales. A estas entidades generadas en tiempo récord se las conoce como sociedades rápidas o sociedades express. Esta tipología también puede denominarse como Sociedad Limitada de Nueva Empresa (SLNE). Sigue leyendo para conocer qué son, cómo crear una y para qué sirven.

PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS

Somos asesores expertos

Tramita con nosotros todos los asuntos relacionados con tu negocio, con la seguridad y confianza que te aportan nuestros asesores expertos.

Centre Gestor te ofrece el servicio integral de confianza que te ayudará a crecer y avanzar.

PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS

¿Qué son las Sociedades rápidas?

Una sociedad rápida o coloquialmente conocida como «sociedad limitada express«, es una sociedad limitada constituida mediante la plataforma CIRCE del Ministerio de Industria. Son Sociedades Limitadas iguales que las constituidas tradicionalmente, pero su constitución es mucho más rápida (48 horas) y barata.

Es decir, las sociedades rápidas pueden crearse en un periodo mínimo de tiempo debido a la sencillez de su tramitación. Estas sociedades express incluso pueden llegar a constituirse en un solo día. Las SLNE son una variante de las sociedades de responsabilidad limitada destinadas a potenciar el emprendimiento.

Esto es posible mediante el uso de las nuevas tecnologías y a través de un documento electrónico único, que exige una sola comparecencia ante notario. Este se encargará de inscribir la escritura de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social mediante el uso de firma electrónica.

 

Características principales de las SLNE

  • Su capital está dividido en participaciones
  • La responsabilidad de cada socio está limitada al capital que han aportado, sin comprometer en ningún momento su patrimonio personal
  • Pueden redactarse unos estatutos sociales con detalles sobre los derechos y obligaciones de los socios

 

Sociedades express - Centre Gestor

¿Quieres crear una sociedad express?

Registro de las sociedades express

La SLNE está regulada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Una Sociedad rápida se puede constituir tanto de forma presencial como telemática. En este último caso, la tramitación se realiza mediante el Documento Único Electrónico (DUE). Esto supone evitar desplazamientos a los socios fundadores, ahorrando tiempo y costes.

 

Denominación social

La denominación social de una Sociedad Express está conformada por los apellidos y el nombre de uno de los socios de la misma, junto con un código alfanumérico único. No obstante, esta denominación puede cambiarse tras la constitución de la empresa.

Se pueden emplear unos estatutos sociales estándar aprobados por la administración de justicia, que resultan de gran utilidad para reducir los tiempos en gestiones con notarios y registradores.

 

Capital social para constitutuir una SLNE

Para crear una Sociedad Limitada Nueva Empresa, el capital social mínimo es de 3.012 euros, mientras que el máximo es de 120.000 euros. En el caso del capital social mínimo, siempre debe ser desembolsado a través de aportaciones dinerarias.

Sin embargo, en la Sociedad Limitada  o SL no existe un límite máximo.

 

Accionistas o socios de la SLNE

Los accionistas de una Sociedad Limitada Nueva Empresa tienen que cumplir dos requisitos:

  • El número máximo de socios es 5
  • Todos han de ser personas físicas

En el caso de la SL el número de socios mínimo es uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.

 

Órgano de administración y gestión

Los órganos sociales de una Sociedad Limitada Nueva Empresa son una Junta General y un Órgano de Administración, que pueden tener carácter unipersonal o pluripersonal. Sus miembros van a actuar de forma solidaria o de forma mancomunada. En el caso de que la administración se atribuya a un órgano pluripersonal, nunca podrá adoptar la forma y régimen de funcionamiento de un consejo de administración.

En el caso de que exista un administrador único, la certificación de los acuerdos sociales y la representación de la sociedad corresponderá al mismo. Mientras que en el caso de que haya varios administradores solidarios, corresponderá a uno cualquiera de ellos. Y en el caso de que existan varios administradores mancomunados, estas responsabilidades recaerán sobre dos de ellos.

 

Objeto social

El objeto social de una Sociedad Limitada Nueva Empresa es genérico, lo cual permite una mayor flexibilidad al desarrollar la actividad del negocio. Y, además, esto favorece el no tener que modificar el estatuto social siempre que alguno de los socios decida incluir alguna modificación.
Una Sociedad Limitada Nueva Empresa tendrá como objeto social todas o alguna de estas actividades:

  • Agrícola
  • Ganadera
  • Forestal
  • Pesquera
  • Industrial
  • Construcción
  • Comercial
  • Turística
  • Transportes
  • Comunicaciones
  • Intermediación
  • Profesionales
  • Servicios, en general

En ningún caso una Sociedad Limitada Nueva Empresa va a poder incluir en el objeto social actividades que requieran una forma de sociedad anónima, ni aquellas cuyo ejercicio implique un objeto único y exclusivo.

 

Obligaciones fiscales

Al igual que en el caso de cualquier otro tipo de sociedad mercantil, la fiscalidad de una Sociedad Limitada Nueva Empresa está sujeta al Impuesto sobre Sociedades (IS). No obstante, la legislación que las regula establece unas ventajas fiscales:

1. Este tipo de sociedades pueden solicitar el aplazamiento, sin aportación de garantías, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) durante un año desde su constitución. Este impuesto grava la constitución de la sociedad. Su cuantía es del 1% del capital social.
2. También se pueden aplazar, sin aportación de garantías, las deudas tributarias derivadas del Impuesto sobre Sociedades de los dos primeros períodos impositivos concluidos desde la fecha de constitución.
3. Y se pueden aplazar o fraccionar, con garantías o sin ellas, las cantidades derivadas de las liquidaciones trimestrales de las retenciones o ingresos a cuenta del IRPF durante el primer año desde su constitución.
4. Además, no existe obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades durante los dos primeros períodos impositivos desde su constitución.
5. Permite constituir una cuenta ahorro-empresa, similar a la cuenta ahorro-vivienda, cuyos fondos deben destinarse a la constitución de una Sociedad Limitada Nueva Empresa. En este caso, con una duración mínima de dos años y, al menos, con un local y un empleado. El régimen fiscal es similar al de la cuenta ahorro-vivienda.

Responsabilidad social

Una de las razones de constituir una sociedad, tanto SL como SLNE, es que la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Es decir, los socios no tendrán que responder con sus propios bienes en el caso de contraer deudas.

¿Cómo crear una sociedad rápida?

El proceso para crear una sociedad rápida es el siguiente:

1. Cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE), bien de manera presencial o bien mediante vía telemática por Internet. Si escoges esta segunda alternativa, este paso tiene lugar a través del sistema CIRCE, gracias al que conseguirás contactar con todos los organismos y administraciones necesarios para constituir una empresa, y automáticamente se realizarán todos los trámites que el proceso requiere.
2. Reservar la Denominación Social
3. Aportar el capital social en metálico
4. Otorgar la Escritura de constitución
5. Solicitar el NIF provisional
6. Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
7. Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil Provincial
8. Solicitar el alta en la Seguridad Social
9. Expedir la escritura
10. Solicitar el NIF definitivo
11. Inscribir la sociedad en los ficheros personales de la Agencia Española de Protección de Datos

Elige Centre Gestor como asesoría en Barcelona para tu negocio

Ahora que ya sabes cómo crear una sociedad rápida, ¿qué vía elegirías? Tiene más sentido hacer uso de la modalidad telemática, ¿verdad? Si tenemos prisa por emprender, acudir a Internet es la mejor forma de conseguirlo en el menor tiempo posible. Únicamente debes tener en cuenta que contar con DNI electrónico o con certificado digital es imprescindible para llevar a cabo el proceso con éxito.

 

Te hacemos la vida más fácil

¿Quieres impulsar tu negocio?

Nuestro equipo de expertos te ayudará con lo que necesites. Responderemos todas tus dudas y evaluaremos las alternativas en función de tu situación personal y económica.

Te hacemos la vida más fácil