Resumen de 1 minuto:La campaña de la declaración de la renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 y el plazo final es el 30 de junio de 2026. Este año llega con novedades relevantes: una nueva deducción de hasta 340 € para trabajadores con rentas próximas al SMI, cambios en la tributación de rentas del ahorro altas, la supresión de la obligación de declarar para la mayoría de desempleados, y la prórroga de incentivos por eficiencia energética y vehículos eléctricos. En este artículo encontrarás el calendario completo con todas las fechas clave, los tips que marcan la diferencia a la hora de presentar tu declaración y las dudas más habituales que surgen cada campaña. Si en algún momento decides que prefieres que lo gestione un profesional, en Centre Gestor llevamos más de 25 años haciéndolo por nuestros clientes.
¿Cuándo se hace la declaración de la renta en 2025?
La declaración de la renta 2025, que hace referencia a las rentas obtenidas durante el ejercicio fiscal del año 2025, se presenta en 2026. Es uno de esos matices que generan confusión todos los años: cuando hablamos del calendario declaración de la renta 2025, nos referimos a la campaña que tiene lugar en primavera de 2026, no en 2025.
La Agencia Tributaria confirmó el inicio oficial de la campaña el pasado 18 de marzo de 2026: los datos fiscales ya están disponibles y la presentación por internet arranca el 8 de abril de 2026. Así que si estás leyendo esto antes de esa fecha, ya puedes ir revisando tus datos fiscales en la Sede Electrónica de Hacienda para adelantar trabajo.
Recuerda que la denominación oficial que utiliza Hacienda es «Renta 2025» (correspondiente al ejercicio 2025), aunque se presente y tramite íntegramente en 2026. Esto afecta también a la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio 2025, cuyo plazo coincide con el de la Renta.
¿Cuándo estará disponible el borrador de la Renta 2025?
El borrador de la Renta 2025 ya está disponible. Desde el 18 de marzo de 2026, la Agencia Tributaria publicó el acceso a los datos fiscales para que los contribuyentes pudieran ir revisándolos antes de que arranque la presentación oficial el 8 de abril.
Para acceder al borrador de la declaración del IRPF 2025, necesitas identificarte en la Sede Electrónica de la AEAT mediante una de estas tres vías: certificado digital o DNI electrónico, sistema Cl@ve PIN, o número de referencia (que se obtiene introduciendo la casilla 505 de la declaración del año anterior).
¿Siempre puedo fiarme del borrador? La respuesta honesta es: no siempre.
El borrador es una propuesta de la Agencia Tributaria, no una declaración definitiva. Hacienda lo elabora con los datos que tiene: rendimientos del trabajo, pensiones, rendimientos de cuentas bancarias y depósitos… pero no siempre dispone de información completa. Por eso, antes de confirmarlo conviene revisar si:
- Tienes más de un pagador o has cambiado de trabajo durante 2025.
- Has obtenido ingresos por alquiler de inmuebles, que no siempre aparecen correctamente.
- Realizaste operaciones con criptoactivos: ventas, intercambios o permutas deben declararse como ganancias o pérdidas patrimoniales.
- Tienes derecho a deducciones autonómicas (Catalunya tiene las suyas propias) que normalmente no se cargan de forma automática.
- Tienes inversiones, fondos de inversión, dividendos o rendimientos del capital mobiliario.
Un borrador confirmado sin revisar puede suponer pagar de más (o, peor aún, recibir una regularización posterior de Hacienda porque pagaste de menos). Si tu situación fiscal no es sencilla, lo más prudente es contar con un asesor que lo revise.
Tip de experto: accede a tus datos fiscales ahora, antes del 8 de abril, y comprueba que cuadran con tus propios registros. Así irás mucho más tranquilo cuando llegue el momento de presentar.
¿Cuáles son las fechas para presentar la declaración de la renta en 2025?
Las declaración de la renta fechas 2025 varían según la vía de presentación que elijas. La Agencia Tributaria ofrece tres canales: internet, teléfono y presencial. Aquí tienes el resumen completo, extraído directamente del calendario oficial de Renta y Patrimonio de la AEAT:
Fuente: Agencia Tributaria – Campaña Renta 2025
¿Qué ocurre si me sale a pagar?
Si tu declaración resulta a ingresar, tienes dos opciones. La primera es pagar el importe total antes del 30 de junio de 2026. La segunda es fraccionar el pago en dos plazos: el primer plazo (60% del importe) se abona en el momento de presentar la declaración, y el segundo plazo (40% restante) vence el 5 de noviembre de 2026. Importante: si eliges domiciliar el pago íntegro o el primer plazo, la fecha límite para presentar la declaración adelanta al 25 de junio de 2026.
Desde 2025, también puedes pagar tu declaración mediante Bizum, y el pago con tarjeta ya está disponible en cualquier entidad bancaria, no solo en las colaboradoras.
¿Qué ocurre si me sale a devolver?
Si la declaración resulta a devolver, Hacienda tiene un plazo máximo de seis meses desde la finalización de la campaña (es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026) para realizar la devolución. En la práctica, las devoluciones suelen llegar mucho antes (a menudo en pocas semanas) para quienes presentan al inicio de la campaña. Cuanto antes presentes, antes cobras.
¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración de impuestos sobre la renta de 2025?
La fecha límite para el plazo para declaración de renta 2025 es el 30 de junio de 2026 para la presentación por internet, por teléfono y de forma presencial. Es el último día de la campaña sin excepción, salvo que Hacienda decida alguna prórroga por circunstancias especiales (lo que no ha ocurrido en años recientes).
Sin embargo, hay una excepción importante que conviene grabar a fuego: si domicilias el pago de la cuota resultante, tienes que presentar la declaración antes del 25 de junio de 2026. Pasada esa fecha, Hacienda no acepta domiciliaciones y tendrás que pagar de otra forma.
Fechas críticas que no puedes perderte:
- 8 de abril de 2026 → Inicio de la campaña por internet
- 29 de abril de 2026 → Empieza el plazo para pedir cita telefónica
- 6 de mayo de 2026 → Inicio atención telefónica (Plan Le Llamamos)
- 29 de mayo de 2026 → Empieza el plazo para pedir cita presencial
- 1 de junio de 2026 → Inicio atención presencial en oficinas
- 25 de junio de 2026 → Último día para domiciliar el pago
- 30 de junio de 2026 → FECHA LÍMITE ABSOLUTA de la campaña
- 5 de noviembre de 2026 → Segundo plazo del pago fraccionado (40%)
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Presentar la declaración fuera del plazo oficial tiene consecuencias económicas. Si la declaración resulta a devolver o sin cuota a ingresar, no hay sanción pero sí pierdes el interés de demora que podría compensarte. Si resulta a ingresar, los recargos son progresivos según el retraso: hasta 3 meses de retraso, un 5%; entre 3 y 6 meses, un 10%; entre 6 y 12 meses, un 15%; y más de 12 meses de retraso, un 20% más intereses de demora.
Si, además, presentas la declaración solo después de recibir un requerimiento de Hacienda, la sanción mínima se sitúa en el 50% de la cuota no ingresada.
Para conocer todos los detalles sobre sanciones, te recomendamos leer nuestro artículo sobre qué pasa si se hace mal la declaración de la renta: multas y sanciones.
Novedades clave de la declaración de la Renta 2025 que debes conocer
Esta campaña no es una más. La Renta 2025 incorpora cambios normativos que pueden afectar directamente a tu resultado. Estos son los más relevantes:
1. Nueva deducción para trabajadores con rentas bajas
Es la novedad estrella de este año. Si en 2025 obtuviste rendimientos del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales y el resto de tus rentas no supera los 6.500 euros, puedes aplicar una nueva deducción en la cuota del IRPF. El importe máximo es de 340 euros para quienes cobren como máximo el SMI (16.576 euros anuales en 2025), y se reduce progresivamente hasta los 18.276 euros. Esta medida beneficia especialmente a perceptores del salario mínimo interprofesional.
2. Cambios en la tributación de las rentas del ahorro
La principal novedad en este apartado es la creación de un nuevo tramo superior en la base del ahorro: las rentas del capital (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales) que superen los 300.000 euros tributarán al 30%, frente al 28% anterior. El resto de tramos no cambia.
Esto afecta principalmente a grandes inversores y patrimonios, pero conviene tenerlo en cuenta si en 2025 realizaste operaciones de venta de activos o percibes rentas del capital de cierta entidad.
3. Los desempleados ya no están obligados a declarar (con matices)
Esta es otra de las grandes novedades: los perceptores de prestaciones por desempleo ya no están obligados a presentar la declaración por el mero hecho de cobrar el paro, siempre que no superen los límites generales de renta. Esto afecta a aproximadamente 2,5 millones de contribuyentes que antes sí tenían que declarar por la situación de los dos pagadores.
Quizás te interesa: quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta
4. Prórroga de deducciones por eficiencia energética y vehículos eléctricos
Se mantienen para el ejercicio 2025 las deducciones por mejoras de eficiencia energética en viviendas (entre el 20% y el 60% según el tipo de obra) y por la compra de vehículos eléctricos enchufables (15% sobre un máximo de 20.000 euros de base) e instalación de puntos de recarga (15% con base máxima de 4.000 euros anuales). Si realizaste estas inversiones en 2025, no lo olvides al revisar el borrador.
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5. Control reforzado sobre criptoactivos
Hacienda intensifica su control sobre las operaciones con criptomonedas. Todas las ventas, intercambios o permutas de criptoactivos deben declararse como ganancias o pérdidas patrimoniales en la base del ahorro. La Agencia Tributaria cruza cada vez más datos de exchanges e intermediarios. Si operaste con criptos en 2025, llevar un registro ordenado de todas las transacciones es obligatorio.
Dudas frecuentes sobre el calendario y el plazo de la Renta 2025
¿Estoy obligado a presentar la declaración de la renta 2025?
Con carácter general, están obligados a declarar los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales con un único pagador, o con 15.876 euros anuales con más de un pagador (siempre que el segundo y restantes pagadores superen los 1.500 euros en conjunto). Si no estás seguro, te recomendamos consultar nuestro artículo específico sobre quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta.
¿Se puede ampliar el plazo de la Renta 2025?
No existe una prórroga automática del plazo. El 30 de junio de 2026 es la fecha límite sin excepciones salvo circunstancias extraordinarias decretadas por el Gobierno. Presentar fuera de plazo conlleva recargos que van del 5% al 20% de la cuota, más intereses de demora.
¿Puedo pedir una cita en la Agencia Tributaria?
Sí. La solicitud de cita se puede hacer online desde la Sede Electrónica de la AEAT o llamando al 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (servicio de cita para Renta). Las citas para atención telefónica pueden pedirse desde el 29 de abril, y las presenciales desde el 29 de mayo.
Si me sale a devolver, ¿cuándo recibiré el dinero?
Hacienda tiene un plazo máximo legal de 6 meses desde el fin de la campaña (hasta el 31 de diciembre de 2026). En la práctica, si presentas correctamente y sin incidencias en las primeras semanas de campaña, es habitual recibir la devolución antes del verano.
¿Puedo rectificar la declaración una vez presentada?
Sí. Desde 2025, las correcciones se realizan mediante autoliquidación rectificativa, un nuevo sistema que sustituye a los mecanismos anteriores y permite modificar la declaración sin esperar la respuesta de Hacienda, agilizando el proceso de corrección.
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