Si has vendido, intercambiado o utilizado criptomonedas en 2024, debes declararlas en la Renta 2024-2025. Hacienda ha habilitado una casilla específica para ello: la casilla 1800.

En esta casilla deberás incluir la ganancia o pérdida patrimonial obtenida al vender tus criptomonedas, así como el activo recibido a cambio: ya sea euros, otras criptos, bienes o servicios.

Esta casilla se encuentra dentro del apartado de Ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales.

¿Hay que declarar las criptomonedas?

La respuesta es sí. Aunque en España siempre ha existido la obligación de declarar las criptomonedas a Hacienda, el control sobre estas divisas se ha ampliado en los últimos años con el objetivo de evitar la evasión y el fraude fiscal.

Te explicamos cómo se declaran, qué debes tener en cuenta o cómo varía según hayas comprado criptomonedas o hecho transacciones con ellas.

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¿Cuándo hay que declarar las criptomonedas?

La Agencia Tributaria obliga a reflejar en la Declaración de la Renta las inversiones con criptomonedas cuando los ingresos obtenidos superen un saldo acumulado de 50.000€, tanto si se obtienen en España como en el extranjero.

Recuerda que casi todas estas operaciones se consideran como ganancias o pérdidas patrimoniales o rendimientos de capital mobiliario y son gravables con impuestos.

Según el artículo 46 de la Ley del IRPF, las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas por la compraventa o transmisión de criptomonedas forman parte de la base imponible del ahorro. Por tanto, deben declararse en la declaración de la Renta en el apartado específico para monedas virtuales, actualmente asignado a la casilla 1800.

Al tratarse de rentas del ahorro, a estas ganancias se les aplican los tipos impositivos progresivos correspondientes, en función del beneficio obtenido.

  • Vendiste criptomonedas
  • Hiciste un intercambio (ej: Bitcoin por Ethereum)
  • Recibiste pagos en cripto por tu actividad profesional
  • Generaste rendimientos con staking, farming o yield
  • Realizaste trading o arbitraje entre plataformas
  • Participaste en ICOs o proyectos DeFi con beneficios

Si solo tienes criptomonedas y no las has movido ni vendido, no tributan por IRPF, pero puede que sí debas informar de ellas con el Modelo 721.

¿Dónde se declaran las criptomonedas?

Por primera vez, desde 2024, el modelo de Declaración de la Renta incluye un apartado específico para declarar saldos de criptomonedas, facilitando así su identificación y control fiscal.

En la campaña de la Renta 2025, estos saldos deben reflejarse en la casilla 1800, bajo el epígrafe “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales”, dentro de Renta WEB.

Anteriormente, estos activos se incluían en el apartado genérico de «Demás bienes y derechos de contenido económico», lo que generaba dudas y errores. Ahora, con esta casilla específica, la Agencia Tributaria busca mayor transparencia en la fiscalidad de las monedas virtuales.

Hacienda considera las criptomonedas como activos intangibles que pueden fraccionarse en unidades y ser utilizados como medio de intercambio. Pueden canjearse por euros, otras criptomonedas, bienes, derechos o servicios, y su uso genera obligaciones fiscales si existe una ganancia patrimonial.

 

Seguro que te interesa: Modelo 720: preguntas frecuentes

 

¿Cómo declarar criptomonedas en España?

En la casilla 1800 del IRPF, debes declarar todas las operaciones de transmisión de criptomonedas realizadas durante el ejercicio fiscal 2024. Esto incluye:

  • Ventas de criptomonedas por euros
  • Permutas o intercambios entre criptos
  • Utilización de criptomonedas para adquirir bienes o servicios

En cambio, si has obtenido intereses o rendimientos pasivos (como staking, farming o yield), estos no se declaran en la casilla 1800. Deberás incluirlos en el apartado correspondiente a Rendimientos del capital mobiliario o Ganancias no derivadas de transmisiones patrimoniales, según el caso.

Recuerda: Si las criptomonedas no han generado rendimientos o no se ha realizado ningún movimiento, no hay que incluirlas en la renta, ya que no se han producido ganancias ni pérdidas, pero si deberás presentar el Modelo 721.

Modelos para declarar criptomonedas en la Renta

Desde enero de 2024, entraron en vigor tres modelos fiscales nuevos relacionados con criptomonedas:

Declaración de saldos en criptomonedas Modelo 172

Obligatorio para personas o entidades residentes en España que guarden o custodien criptos de terceros. No es habitual que lo presenten particulares, salvo casos concretos de plataformas propias.

Declaración de operaciones Modelo 173

Dirigido a exchanges o plataformas que realicen operaciones de compra, venta, intercambio o cobro en cripto. Si operas como empresa o bróker, te puede aplicar.

Declaración de criptomonedas en el extranjero Modelo 721

Si tienes criptomonedas almacenadas en exchanges fuera de España (como Binance, Kraken o KuCoin), y el valor total supera los 50.000 €, debes presentar este modelo entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

Declarar criptomonedas - Centre Gestor

¿Cuánto se paga de IRPF por los rendimientos de las criptomonedas?

Las ganancias obtenidas por la compraventa o intercambio de criptomonedas tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del IRPF, y se aplican tipos impositivos progresivos por tramos.

Tramos de IRPF sobre ganancias patrimoniales en 2024 (Renta 2025):

Ganancia acumulada en el año:

  • Hasta 6.000 €: 19% de IRPF
  • De 6.001 € a 50.000 €: 21% de IRPF
  • De 50.001 € a 200.000 €: 23% de IRPF
  • De 200.001 € a 300.000 €: 27% de IRPF (Nuevo desde 2024)
  • Más de 300.000 €: 28% de IRPF (Nuevo desde 2024)

Por ejemplo, si obtuviste 10.000€ invirtiendo en bitcoin durante el año pasado, tendrás que abonar 1.980€ del IRPF (un 19% sobre 6.000 y un 21% aplicable al resto).

¿Cómo se calcula la ganancia o pérdida con criptomonedas?

Hacienda utiliza el método FIFO (First In, First Out), lo que significa que la primera criptomoneda que compraste es la primera que se considera vendida.
Ejemplo: Si compraste 1 ETH en enero a 1.000 € y otro en marzo a 1.800 €, y vendes 1 en julio a 2.000 €, la ganancia a declarar será de 1.000 € (2.000 – 1.000).

Recuerda que puedes deducir gastos asociados a la operación como comisiones de compraventa o conversión.

¿Cómo sabe Hacienda que tengo criptomonedas?

Hacienda hace el seguimiento de todas las operaciones que se hacen con criptomonedas. La Agencia Tributaria no solo tiene los datos de nóminas, intereses y operaciones con inmuebles, sino que también dispone de un apartado en el que recuerda que »de acuerdo con los datos de que dispone Hacienda, si has realizado operaciones con criptomonedas, te recuerdan que los beneficios generados en estas operaciones constituyen rentas sujetas al IRPF».

La Agencia Tributaria conoce nuestros datos, y si no los conoce puede obtenerlos de diferentes formas: por ejemplo, si operas en una plataforma como Binance, Kraken, Coinbase o Bit2Me es muy probable que la Agencia Tributaria disponga de tus datos identificativos, los movimientos que hayas hecho, los ingresos que hayas obtenido e incluso tus datos bancarios.

Con estos datos, Hacienda crea una base de datos en la que pueden comprobar la compraventa de criptodivisas por parte de los contribuyentes.

¿Eres autónomo y has cobrado en criptomonedas?

Si eres profesional y has recibido pagos en criptomonedas, debes:

  1. Emitir factura con el valor en euros correspondiente al momento del cobro.
  2. Incluir ese ingreso en tu base imponible como rendimientos de actividad económica.
  3. Declararlo también en IVA si estás obligado.

Puedes además incluirlo como ingreso en tu contabilidad, y el posterior cambio a euros generará una posible ganancia patrimonial (si la cripto sube de valor entre el cobro y la venta).

Multa por no declarar criptomonedas

La Agencia Tributaria puede sancionar la ocultación de estos activos con multas de 5.000€ por cada dato o conjunto de datos no declarados. Si la omisión de estas transacciones fuese parcial, falsa o no exacta, la sanción aplicada será de 10.000€ como mínimo.

Estas son las sanciones que puede aplicar la Agencia Tributaria:

Infracción leve:
Si el valor de las criptomonedas no declaradas es inferior a 3.000 €, la sanción será del 50 % de la cuota defraudada.

Infracción grave:
Cuando el valor supera los 3.000 € o Hacienda detecta indicios de intencionalidad o mala fe, la multa puede oscilar entre el 100 % y el 150 % del importe defraudado.

Infracción muy grave o delito fiscal:
Si la cantidad no declarada excede los 120.000 €, se puede considerar un delito contra la Hacienda Pública. Esto no solo implica sanciones económicas, sino también la posibilidad de penas de prisión de entre uno y cinco años, según la gravedad del fraude.

La elevada cuantía de estas multas se debe a la presunción de mala fe por parte del contribuyente: por eso, serán mucho más leves las sanciones aplicables a errores en la declaración que hayan intentado ser subsanados por el declarante posteriormente.

 

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