El PGC o Plan General de Contabilidad es el texto legal que regula la gestión contable de las empresas en España. En otras palabras, actúa como una guía teórica y práctica que reúne todas las normas contables necesarias para reflejar con precisión la realidad económica y financiera de la empresa.

Por ello, su consulta es obligatoria para el departamento de contabilidad.

Qué es el Plan general contable Pymes

Su origen se sitúa entre los años 2005 y 2007, cuando se aprobó el nuevo Plan General de Contabilidad para empresas, incluyendo una versión específicamente adaptada a las pymes. A pesar de algunas reformas, como la de 2016, esta variante sigue vigente en la actualidad.

Este Plan General Contable proporciona un marco legal y normativo que facilita a las pymes llevar su contabilidad de manera más ágil, sencilla e incluso automatizada. A continuación, exploraremos sus aspectos clave.

Los decretos legislativos que regulan específicamente el Plan General de Contabilidad para PYMEs son los siguientes:

  • Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, que modifica el Plan General de Contabilidad de PYMEs aprobado por el Real Decreto 1515/2007.

Para cumplir con la legislación vigente en materia de contabilidad para PYMEs, es recomendable contar con el apoyo de una asesoría online que te ayude en la gestión contable y fiscal de tu empresa.

 

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Qué empresas pueden acogerse al Plan General de Contabilidad para Pymes

Las empresas que pueden acogerse al Plan General Contable para PYMEs son aquellas que cumplan al menos dos de las siguientes condiciones durante dos ejercicios consecutivos:

  • Que el total de su activo no exceda de 4.000.000 euros.
  • Que el importe neto de su cifra de negocios sea inferior a 8.000.000 euros.
  • Que el número de empleados no supere los 50 en el ejercicio.

En el momento en que la PYME deje de cumplir dos de estas condiciones, estará obligada a aplicar el Plan General de Contabilidad completo.

 

Excepciones al Plan General de Contabilidad para PYMEs

Algunas empresas quedan excluidas del ámbito de este plan, como:

  • Aquellas que tengan valores admitidos a negociación en un estado miembro de la Unión Europea.
  • Empresas que utilicen una moneda diferente al euro.
  • Empresas que formen parte de un grupo de sociedades y cuya contabilidad se rija por cuentas anuales consolidadas.
  • Empresas financieras que sigan criterios contables específicos.

 

Criterios del Plan General de Contabilidad para microempresas

El Plan General de Contabilidad para PYMEs también contempla criterios específicos para microempresas, que aplican normas diferenciadas en áreas como el arrendamiento financiero y el gasto por el impuesto sobre beneficios.

Las sociedades mercantiles que cumplan los siguientes requisitos durante dos ejercicios consecutivos podrán acogerse a este régimen:

  • Que el total del activo no supere 1.000.000 euros.
  • Que la cifra anual de negocios no supere 2.000.000 euros.
  • Que el número medio de trabajadores no exceda de 10.

Estos criterios permiten una mayor flexibilidad y simplificación en la contabilidad de microempresas, adecuándose a sus características específicas.

 

Cuál es la estructura del Plan General de Contabilidad para PYMES

1.     Marco conceptual

El marco conceptual es una parte fundamental del Plan General de Contabilidad. En esta sección se agrupan los principios contables, las normas aplicables y los principales criterios de valoración que deben seguirse al elaborar las cuentas anuales de la empresa.

Este apartado ofrece un marco teórico donde se describen los elementos que componen las cuentas anuales, los requisitos para su registro y valoración, así como la normativa vigente que debe aplicarse.

 

2.     Normas de registro y valoración

Son directrices que establecen cómo deben registrarse los elementos del patrimonio, permitiendo que la información financiera sea clara.

Las pymes han de incluir

  • Inmovilizado material.
  • Desarrollo de principios contables.
  • Inversiones inmobiliarias.
  • Normas particulares sobre el inmovilizado material.
  • Inmovilizado intangible.
  • Activos corrientes y grupos enajenables mantenidos para la venta.
  • Normas particulares sobre el inmovilizado intangible.
  • Instrumentos financieros.
  • Arrendamientos y otras operaciones similares.
  • IVA, IGIC y otros impuestos indirectos.
  • Moneda extranjera.
  • Impuestos sobre beneficios.
  • Provisiones y contingencias.
  • Ingresos por ventas y prestación de servicios.
  • Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal.
  • Combinaciones de negocios.
  • Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.
  • Subvenciones, donaciones y legado recibidos.
  • Cambios en criterios y estimaciones contables.
  • Negocios conjuntos.
  • Hechos posteriores al cierre del ejercicio.

 

Las pymes no están obligadas a detallar los siguientes apartados

Esto es debido a y a la escasa frecuencia con la que realizan ciertas operaciones.

  • Fondo de comercio.
  • Instrumentos financieros compuestos.
  • Derivados que tengan como subyacente inversiones en instrumentos de patrimonio no cotizados cuyo valor razonable no pueda ser determinado con fiabilidad.
  • Contratos de garantía financiera.
  • Fianzas entregadas y recibidas.
  • Coberturas contables.
  • Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal.
  • Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.
  • Combinaciones de negocio.
  • Operaciones de fusión, escisión y aportaciones no dinerarias de un negocio entre empresas del grupo.

 

3.     Cuentas anuales

Las cuentas anuales y sus normas de elaboración proporcionan una visión clara de la situación financiera de la empresa, un análisis esencial tanto para tomar decisiones acertadas como para cumplir con las obligaciones legales. Es la información que se presenta en las cuentas anuales, y que es obligatorio depositar en el Registro Mercantil.

En ellas se incluyen documentos como el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, formando una unidad.

 

4.     Cuadro de Cuentas

Según el RD 1514/2007, con el fin de que la normalización contable española mantenga un adecuado nivel de flexibilidad, la numeración y denominación de las cuentas seguirá sin ser obligatoria. No obstante, estas deben tomarse como una guía o referencia esencial en relación con las partidas de las cuentas anuales.

Se incluyen los grupos, subgrupos y cuentas indispensables para detallar las operaciones contenidas. Las cuentas se ordenan en los siguientes 7 grupos:

  • Grupo 1: Financiación Básica.
  • Grupo 2: Inmovilizado.
  • Grupo 3: Existencias.
  • Grupo 4: Acreedores y Deudores por operaciones de tráfico.
  • Grupo 5: Cuentas Financieras.
  • Grupo 6: Compras y Gastos.
  • Grupo 7: Ventas e Ingresos.

Respecto al Plan General Contable, este apartado suprime los grupos 8 y 9.

 

5.     Relaciones contables

Es el informe detallado que se elabora basándose en las métricas del año pasado, teniendo en cuenta las pérdidas y ganancias y la relación con las métricas de este año. Manteniendo la misma estructura de un año a otro, y si se necesita tener la posibilidad de agregar subdivisiones.

 

Se compone de los subgrupos:

10. Capital
11. Reservas
12. Resultados pendientes de aplicación
13. Subvenciones, donaciones y ajustes por cambios de valor
14. Provisiones
15. Deudas a largo plazo con características especiales
16. Deudas a largo plazo con partes vinculadas
17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos y otros conceptos
18. Pasivos por fianzas y garantías y otros conceptos a largo plazo
19. Situaciones transitorias de financiación

Y cada subgrupo tendrá diferentes cuentas. Por ejemplo, el subgrupo 10 CAPITAL, se divide en las siguientes cuentas:

100. Capital social
101. Fondo social
102. Capital
103. Socios por desembolsos no exigidos…
104. Socios por aportaciones no dinerarias pendientes…
108. Acciones o participaciones propias en situaciones especiales
109. Acciones o participaciones propias para reducción de capital

 

¿El cierre contable y el cierre fiscal son necesarios?

El cierre contable consiste en finalizar el registro de todas las operaciones financieras de la empresa al final del año, registrando correctamente en los libros contables todo a 31 de diciembre. Es fundamental presentar las cuentas anuales, como las pérdidas y ganancias. Conocer la situación financiera para conocer la liquidez y la situación patrimonial real. Tomar decisiones informadas para planificar estrategias, controlar los gastos y ajustar presupuestos con los datos reales.

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Sí, el cierre contable y el cierre fiscal son absolutamente necesarios para cualquier empresa, ya que permiten cumplir tanto con obligaciones legales como con una adecuada gestión interna. Forman parte de las obligaciones anuales de cualquier empresa, grandes o pequeñas, para asegurar que operan dentro de la legalidad y mantienen una gestión financiera saludable.

 

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