Certificado de contratistas y subcontratistas: todo lo que necesitas saber
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Tributos que se tienen que repercutir
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Las cantidades que se retienen a trabajadores, profesionales u otros empresarios
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¿Qué es el certificado de contratistas y subcontratistas?
Es una garantía para todas las personas que decidan contratar o subcontratar a un trabajador, profesional o empresario para la ejecución de obras o prestación de servicios siempre que estos estén relacionados con su actividad.
La Ley General Tributaria establece que quien contrata (o subcontrata) un determinado servicio es responsable subsidiario de la deuda que pudiera derivarse si el contratado no cumple con su obligación de pagar a Hacienda el impuesto correspondiente que ha generado la actividad que ha realizado.
Quién necesita un certificado de contratistas y subcontratistas
Tanto solicitar el certificado a la Agencia Tributaria como exigirlo para tener la certeza de que la ejecución de una obra o prestación de un servicio son trámites cada vez más habituales, que afecta a las relaciones laborales.
Cualquier profesional, generalmente autónomos, puede solicitar a la administración tributaria un certificado de contratistas y subcontratistas para poder ofrecerlo como garantía a la hora de optar a nuevos proyectos. Por su parte, la persona o empresa que pretenda contratarlo no tiene que (ni puede) solicitarlo a Hacienda.
Solo el contratante puede acceder a los datos sobre su actividad que obran en poder de la Agencia Tributaria. Por otra parte, es la figura del contratante la que paga y por ende exigirá al trabajador que le presente el certificado para protegerse de la responsabilidad subsidiaria que pudiera tener en caso de falta de pago de sus impuestos por parte del contratado.
Es importante recalcar que quien contrata sólo podrá exigir el certificado si la subcontrata está relacionada con su actividad principal (volviendo al ejemplo, el constructor podrá pedírselo al carpintero, pero no al profesor autónomo que da clases particulares a su hijo).
El certificado exime de responsabilidad al pagador pero éste no puede solicitarlo directamente a la Agencia Tributaria sino pedirle a su contratado o subcontratado que se lo presente.
Qué información recoge el certificado
El certificado positivo acredita que quien lo obtiene está al corriente de pago y no tiene obligaciones tributarias pendientes que se correspondan con los 12 meses anteriores.
Por este motivo es un aval para quien decida contratarle porque va a seguir cumpliendo con esas obligaciones. Aun así, si el contratista no lo hiciese, el pagador, con el certificado en su poder, no tendría responsabilidad alguna.
El certificado que emite Hacienda puede ser:
- Positivo de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias.
- O se deniega el certificado por:
– Deudas del solicitante
– Falta de presentación de declaraciones del solicitante
– Estar inhabilitado el solicitante para recibir ayudas o subvenciones públicas por sentencia firme
– Estar inhabilitado el solicitante para recibir ayudas o subvenciones públicas sanción administrativa
– Baja en el censo del solicitante
– Estar condenado por delito fiscal el solicitante
La más común es, lógicamente, por acumular deudas pendientes, pero también puede ser porque el solicitante no haya presentado las declaraciones correspondientes o porque esté condenado por delito fiscal.
¿Cómo se obtiene el certificado de contratistas y subcontratistas?
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Siempre que el resultado del certificado sea positivo, el certificado se genera inmediatamente. Si el resultado del certificado es negativo, obtendrá su certificado en la opción “Recogida” en el plazo de tres a cinco días hábiles desde que se realizó la solicitud.
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Señalado a tal efecto en la solicitud
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Electrónico si se hubiese suscrito al Servicio de Notificaciones Telemáticas Seguras
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Consignado a efectos de notificaciones en los modelos 030/036/037
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Fiscal
¿Cuántos certificados se reciben?
¿Quién solicita el certificado?
¿Cuánto dura el certificado de contratistas y subcontratistas?
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