Published On: abril 12th, 2023Categories: Fiscal0 Comments

¿Cuándo empieza la Campaña de la Renta?

La campaña de la Declaración de la Renta 2022 ya está en marcha. Llega el momento en el que tienes que hacer el balance financiero del ejercicio pasado, es decir, del ejercicio fiscal de 2022 para ponerte al corriente con Hacienda.
Aunque hacer la Declaración de la Renta es una tarea anual, este trámite no deja de suponer un quebradero de cabeza para muchos contribuyentes y una de las principales dudas que surge es cuándo comienza la Campaña de la Renta 2022.

Desde este martes 11 de abril hasta el 30 de junio podrás obtener el borrador y presentar la declaración en la Agencia Tributaria, este año puedes presentarla de diferentes maneras (internet, presencial o por teléfono).

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¿Quién está obligado a hacer la Renta 2022?

Los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo superan los 22.000€ anuales, así como las personas cuyos rendimientos del trabajo sean superiores a 14.000€ y procedan de más de un pagador.

Con carácter general, y siempre y cuando procedan de un único pagador, el límite se establece en 22.000 € brutos anuales

Este límite también se aplicará si se han percibido de varios pagadores en los siguientes supuestos:
  • Que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € brutos anuales.
  • Que sus únicos rendimientos del trabajo consistan en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas y que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido. En concreto, este procedimiento debió solicitarlo el contribuyente mediante la presentación del modelo 146.

El límite se establece en 14.000€ brutos anuales cuando:

  • Procedan de dos o más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen la cantidad de 1.500 € brutos anuales.
  • Se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial (estas últimas están exentas).
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
  • El pagador de los rendimientos no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero).
  • Si el contribuyente hubiera fallecido con anterioridad a la fecha de publicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado Ley 6/2018, esto es, el 5 julio de 2018, y si la fecha de devengo del impuesto es posterior, 12.643 euros.

Rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales

Consideramos rendimientos íntegros de capital inmobiliario y ganancias patrimoniales los dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, así como ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en fondos de inversión, premios por la participación en concursos o juegos y otras acciones similares. Todos ellos sometidos a retención o ingreso a cuenta, si conjuntamente no superan la cantidad de 1.600 euros anuales.

Rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial

No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que ejerciten el derecho a aplicarse determinadas reducciones o deducciones o a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración.

 

Declaración de la Renta 2021 - Centre Gestor

 

¿Quién no tiene que declarar el IRPF?

En ningún caso tendrán que declarar el IRPF los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo, del capital (mobiliario o inmobiliario), de actividades económicas y ganancias patrimoniales, sometidas o no a retención, cuando la suma de todos ellos no exceda de 1.000 € brutos anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500€. No obstante, deberán presentar declaración del IRPF aquellos contribuyentes que quieran beneficiarse de la aplicación de las siguientes deducciones o reducciones:
  • Deducción por inversión en vivienda habitual
  • Deducción por cuenta ahorro-empresa
  • Deducción por doble imposición internacional

 

Calendario de la Declaración de la Renta 2021

Como ocurre cada año, hay varias fechas a marcar en el calendario de la Declaración de la Renta y Patrimonio. Estas son:
  • Martes, 11 de abril: Inicio de la campaña de la Renta. Desde este día se puede solicitar el borrador de la declaración, modificarlo y enviarlo a través de la web de la Agencia Tributaria.
  • Miércoles, 3 de mayo: a partir de este día puedes pedir cita para que te atiendan telefónicamente.
  • Viernes, 5 de mayo: la Agencia Tributaria habilita la opción para hacer la declaración por teléfono.
  • Jueves, 25 de mayo: ya puedes pedir cita para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • Jueves,1 de junio: los contribuyentes ya pueden hacer presencialmente la declaración.
  • Martes, 27 de junio: termina el plazo para aquellos con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • Jueves, 29 de junio: último día para pedir cita previa.
  • 30 de junio: se termina la campaña y es el último día para presentar la declaración de la renta.

 

Novedades en la Declaración de la Renta

Este año deberás tener en cuenta una serie de novedades en la declaración de la Renta que son las siguientes:

Deflactación del IRPF en algunas comunidades

En esta campaña habrá que tener en cuenta las modificaciones que se han producido en las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 con el objetivo de hacer frente a la inflación.

Qué es la Deflactación del IRPF y cómo afecta de cara a la declaración de la Renta si eres trabajador y en las retenciones si eres empresa

 

Reducción de las bases de los planes de pensiones

Las aportaciones personales a sistemas de previsión social, como los planes de pensiones, se reducirá desde los 2000 a los 1500 euros anuales.

Sin embargo, los planes de pensiones empresariales han sido aumentados desde los 8.000 a los 8.500 euros, por lo que el total no baja de los 10.000 euros de desgravación

 

Deducción por maternidad

Las madres con hijos menores de tres años y que estén en paro o reciban el ingreso mínimo vital podrán beneficiarse de una ayuda de 1200 € y se aplicará siempre y cuando cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • En el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
  • En el momento del nacimiento del menor o en cualquier momento posterior estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo, en este último caso, de 30 días cotizados.

 

Tributación de criptomonedas

La compra de criptomonedas no tributa en el IRPF. Ahora bien, su intercambio por otra distinta, a cambio de un bien o por un derecho (permuta de bienes), así como su venta a cambio de euros, sí genera una renta para el vendedor y se deben declarar esos ingresos.

Para ello, se ha incorporado una nueva casilla, la 1626, para declarar la compraventa de criptomonedas. Hay que declarar las fechas y los valores de adquisición para que el programa calcule las ganancias o pérdidas obtenidas durante 2022.

 

Nueva herramienta de la Agencia Tributaria: Informador de Renta

La sede electrónica de la Agencia Tributaria incorpora el denominado ‘Informador de Renta’, donde los contribuyentes pueden consultar las principales novedades normativas para la campaña de la Declaración de la Renta 2022, así como las novedades en Renta Web para esta campaña.

 

Impuesto de solidaridad

 

De su lado, también se ha creado el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

 

Modificaciones para autónomos

El nuevo sistema de cotización de la seguridad social que ahora cuenta con 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, es decir se calcula partiendo de los ingresos reales y no de la base que él decida.

 

  • Ingresos inferiores a 670 euros: 230 euros
  • Entre 670 y 900:260 euros
  • Entre 900 y 1.166,70:275 euros
  • Entre 1.166,70 y 1.300:291 euros
  • Entre 1.300 y 1.500:294 euros
  • Entre 1.500 y 1.700:294 euros
  • Entre 1.700 y 1.850:310 euros
  • Entre 1.850 y 2.030:315 euros
  • Entre 2.030 y 2.330:320 euros
  • Entre 2.330 y 2.760:330 euros
  • Entre 2.760 y 3.190: 350 euros
  • Entre 3.190 y 3.620:370 euros
  • Entre 3.620 y 4.050:390 euros
  • Entre 4.050 y 6.000:420 euros
  • Más de 6.000:500 euros

 

Declarar el bono cultural, el bono de alquiler joven o la ayuda de 200€

Las prestaciones públicas percibidas durante el año 2022 también deben declararse en el IRPF a continuación te dejamos el listado de ayudas sociales que se han de declarar:

 

  • Bono cultural
  • Ayuda de 200euros para rentas bajas.
  • Ayudas de alquiler autonómicas.
  • Bono de alquiler joven.
  • Algunas becas.
  • Las ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.

 

No obstante conviene leer la normativa que rige a cada ayuda pública para conocer las prestaciones que están exentas de declarar como son las de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y que si que están obligados a presentar la declaración para poder continuar percibiendo el ingreso mínimo vital

 

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