El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros la ayuda de último recurso para quienes no lleguen a unos umbrales mínimos de renta.

Según las cifras del Ministerio de Seguridad Social 850.000 familias, integradas por 2,3 millones de personas, podrán acceder a la nueva ayuda, que costarán 3.000 millones a las arcas publicas. Las ayudas serán compatibles con otras, ya que lo aprobado es un subsidio que complementa los ingresos de familias vulnerables. Los detalles se han publicado en el BOE (en pdf) y este lunes entra en vigor.

¿Qué es la renta mínima?

Su nombre oficial es Ingreso Mínimo Vital (IMV) y se trata de una prestación mensual para los hogares en riesgo de pobreza que corre a cargo de la Seguridad Social. El Ministerio aclara que la medida “se suma a nuestro sistema de protección social y no será una medida transitoria”.

¿Quién tiene derecho? 

Habrá un titular del derecho, pero se destina a la “unidad de convivencia”, como se llama oficialmente. Para que el hogar pueda recibir la ayuda, deberá estar en situación de vulnerabilidad. Se considerará que una familia es vulnerable cuando su renta mensual quede por debajo de lo que le correspondería según el baremo de umbrales mínimos.

A partir de ahí, se establecen otros requisitos como que el titular de la ayuda sea mayor de edad si tiene hijos y personas a su cargo. Si es para una sola persona, la edad mínima son 23 años, con tres años emancipado. Si la beneficiaria ha sido víctima de malos tratos o de trata, ese requisito no se tendrá en cuenta.

¿Y los extranjeros? 

También tienen derecho a percibir la ayuda, pero deberán residir legalmente en España durante al menos un año.

¿Cómo se mide la renta? 

Para calcular cuáles son los ingresos de un hogar se tomará, como norma general, la renta neta del año anterior. En esas rentas, no se tendrán en cuenta becas o ayudas de alquiler. Si esto no fuera suficiente, se podrá recurrir a una declaración responsable del solicitante. No obstante, la Seguridad Social revisará la situación a posteriori. Para situaciones de vulnerabilidad sobrevenida a partir de 2021, se elaborará un futuro reglamento.

¿A cuánto asciende la ayuda? 

La cuantía de la renta mínima oscila entre los 461,5 euros para un adulto que viva solo y alcanza los 1.015 euros para hogares de cinco miembros dos adultos con tres hijos o tres adultos y dos niños. La cuantía inicial se amplía en 139 euros por persona adicional. En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tienen un complemento de 100 euros. Para el ejercicio 2020, la cuantía anual de renta garantizada en el caso de un beneficiario individual asciende a 5.538 euros.

¿Tiene requisitos laborales?

En la Seguridad Social explican que el objetivo de la ayuda es establecer un itinerario de salida de la situación para los beneficiarios. Para eso, uno de los requisitos que se prevé es que el solicitante esté inscrito como demandante de empleo. No obstante, se espera que haya excepciones a esta regla general dado que muchos de los potenciales beneficiarios pueden ser inempleables por sus circunstancias personales (enfermedad psíquica, alcoholismo…).

¿Cuándo podrá solicitarse? El Ingreso Mínimo Vital se podrá solicitar a partir del próximo 15 de junio en la sede electrónica de la Seguridad Social.