El próximo 5 de abril arranca de forma oficial la Campaña de la Renta 2016. La principal novedad que presenta la declaración de la renta este año es la desaparición del programa Padre en su totalidad y su reemplazo por Renta Web, disponible para todos los contribuyentes.

Algunas de las novedades significativas con la implantación de este nuevo sistema son la disposición de toda la información fiscal del contribuyente al completo, la mejora a la hora de cumplimentar el borrador en la misma aplicación y la posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidación a través de la propia declaración, cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución o un menor ingreso.

En materia fiscal se ha rebajado la tributación en medio punto porcentual de las rentas  del ahorro obtenidas el pasado año provenientes de cuentas corrientes, depósitos, acciones o fondos de inversión. La tributación del IRPF también se ha visto reducida entre medio punto y un punto porcentual en función de los tramos de la renta. Por otro lado encontramos el cambio para las Sociedades Civiles con objeto mercantil que pasan a tributar desde el 1 de enero del 2016 en el Impuesto de Sociedades, a un tipo fijo del 25%.

Por segundo año consecutivo se han ampliado las deducciones por realizar donativos a entidades sin ánimo de lucro. De este modo los contribuyentes pueden desgravar de la cuota íntegra del IRPF el 75 % de los primeros 150 euros de los donativos a favor de las entidades que aparecen en la Ley 49/2002 (asociaciones sin ánimo de lucro, universidades públicas, organismos públicos de investigación, etc.). Aquellos donativos que superen la cuantía de 150 euros podrán desgravar el 30 %, mientras que aquellas aportaciones a favor de la misma entidad por importe igual o superior durante tres años consecutivos se desgravarán al 35 %.

Respecto a las cláusulas suelo Hacienda ha decidido no incluir en la base imponible aquellos ingresos obtenidos por la devolución de lo pagado de más. En caso de que el contribuyente percibiese intereses indemnizatorios, tampoco deberá tributar por ellos, por lo que no se sumarán a la base imponible del IRPF.

Las fechas que marcan la Campaña de la Renta 2016 son las siguientes: 5 de abril, 4 de mayo, 11 de mayo, 26 de junio, 29 de junio, 30 de junio y 6 de noviembre.

El 5 de abril cuando se inicia la Campaña de la Renta 2016 se permite obtener el borrador y/o los datos fiscales y presentar la declaración de la renta. El 4 de mayo, cuando se abre el servicio de cita previa, mientras que el último día para pedir cita es el 29 de junio. El 11 de mayo empieza la atención presencial en las oficinas para realizar o modificar el borrador y presentar la declaración. Y el 26 de junio es el último día para presentar la declaración de la renta para todos aquellos que deben devolver dinero a Hacienda con domiciliación bancaria. La campaña acaba el 30 de junio.

Los contribuyentes podrán pagar a Hacienda de una sola vez o pedir un pago fraccionado. El 6 de noviembre es la fecha límite en la que Hacienda efectúa el segundo cobro a todos aquellos contribuyentes que hayan optado por el pago fraccionado. Se efectúa el primer pago del 60% del importe en el momento de presentar la declaración de la renta, ya sea en efectivo o por domiciliación bancaria. El segundo pago correspondiente al 40% del importe debe realizarse antes del 6 de noviembre.

En las últimas semanas se ha alertado de una trama de ataques ciberpiratas a través del envío de SMS que garantiza una supuesta devolución de impuestos, pidiendo a los afectados a través de una portal falso del Ministerio Público su DNI y datos bancarios, incluyendo tarjeta bancaria, caducidad de la tarjeta y código de seguridad. Dando esta información se permite al estafador realizar cualquier tipo de compra a través de internet. Por ese motivo se recomienda constatar la oficialidad de la URL consultadas que lleven al portal de la Agencia Tributaria.

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