La Dirección General de Tributos ha establecido una nueva medida para los particulares que venden todo tipo de productos en plataformas de comercio electrónico como eBay, Wallapop, Vibbo, MilAnuncios o Amazon.

El impuesto formará parte del Impuesto por Transmisiones Patrimoniales (ITP), y en concreto en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. De este modo, las ventas de productos usados realizadas por particulares en plataformas online tributarán a un 4% sobre el valor obtenido en las transacciones.

Las personas que realicen dichas operaciones deberán emplear el Modelo 600 para declarar esas transmisiones patrimoniales que son competencia de las comunidades autónomas.

Fuentes de la Agencia Tributaria explican que la Agencia Estatal se concentra en que las ventas en estas plataformas online que generen beneficios se declaren en el IRPF como ganancia patrimonial. No es lo más habitual en transacciones de bienes usados y de segunda mano, pero sí cuando se venden cuadros u objetos de coleccionismo.

En el caso de haberlos vendido a un precio superior al que se compró, sí que habrá que tributar en el IRPF por la ganancia obtenida.

Es recomendable que el vendedor guarde los documentos que permitan acreditar la propiedad de ese bien en venta, así como capturas o facturas del cierre del acuerdo.

Con esa medida podremos demostrar que efectivamente hemos obtenido beneficio en la transacción o también dejar claro que no existe beneficio en esa transmisión patrimonial. La idea de mantener esa información es la de que esas transacciones no se confundan con trabajos hechos en B, “sobre todo cuando hay varias transacciones con diferentes cantidades”.

Uno de los objetivos prioritarios del control de la Agencia Tributaria en los últimos años son las empresas de la economía digital. Para llevar a cabo el control de esa tributación la Agencia Tributaria pide las bases de datos a estas plataformas de comercio para investigar las transacciones que realizan, algo que tiene como objetivo “concentrarse en que las ventas en estas plataformas online que generan beneficios se declaren en el IRPF como ganancia patrimonial”.

A diferencia de las ventas “físicas” de bienes usados que eran difíciles de localizar para el Fisco, las ventas online sí quedan registradas, por lo que, si vendemos bienes y obtenemos beneficios, esas transacciones lógicamente tributarán en el IRPF.

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